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Las obligaciones que en esta materia le corresponden a la Autoridad de Gestión del Programa, se resumen en las siguientes:

  • Estrategia de información y publicidad: la Autoridad de Gestión se asegurará de que las actividades de información y publicidad se llevan a cabo de conformidad con su estrategia de información y publicidad.
  • Información para los posibles beneficiarios: la Autoridad de Gestión se asegurará de que los posibles beneficiarios tengan acceso a la información pertinente y, cuando proceda, actualizada, teniendo en cuenta la accesibilidad de los servicios electrónicos o de otros medios de comunicación para determinados beneficiarios potenciales.
  • Información al público en general: la Autoridad de Gestión deberá informar al público del contenido del PDR, su adopción por la Comisión y sus actualizaciones, los principales resultados alcanzados en la ejecución del programa y su cierre, así como su contribución a la realización de las prioridades de la Unión, tal como se establezca en el acuerdo de asociación.
  • Participación de organismos que actúen como enlace: la Autoridad de Gestión deberá velar, también a través de la Red Rural Nacional (RRN) por que los organismos que puedan servir de enlace participen en las actividades de información para los posibles beneficiarios.
  • Notificación de la concesión de la ayuda: la Autoridad de Gestión velará por que en la notificación de concesión de la ayuda se informe a los beneficiarios de que la medida se subvenciona en virtud de un programa cofinanciado por el Feader, y de la medida y de la prioridad del PDR de que se trate.